Programa de Fomento de Empleo. Ley para la mejora del crecimiento y del empleo
Página 1 de 1.
Programa de Fomento de Empleo. Ley para la mejora del crecimiento y del empleo
Programa de Fomento de Empleo. Ley para la mejora del crecimiento y del empleo
Colectivos | Descripción | Cuantía en euros | Duración | ||
BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA | |||||
Mujeres | Desempleadas, así como las víctimas de violencia de género (art. 2.1.a) y 2.4.). | 850 | 4 años | ||
Contratadas en los 24 meses siguientes al parto (art. 2.1.b). | 1.200 | 4 años | |||
Contratadas después de 5 años de inactividad laboral, si, anteriormente a su retirada, han trabajado, al menos 3 años (art. 2.1.c). | 1.200 | 4 años | |||
Mayores de 45 años (art. 2.1.d). | 1.200 | Toda la vigencia del contrato | |||
Jóvenes | De 16 a 30 años (art. 2.1.c). | 800 | 4 años | ||
Otros colectivos y situaciones especiales | Parados de al menos 6 meses y trabajadores en situación de exclusión social (arts. 2.1.f) y 2.5). | 600 | 4 años | ||
Personas con discapacidad (art. 2.2). | Mujeres con discapacidad (art. 2.2.3). | Personas mayores de 45 años con discapacidad (art. 2.2.3). | Toda la vigencia del contrato | ||
- En general (art. 2.2.1). | 4.500 | 5.350 | 5.700 | ||
- En caso de discapacidad severa (art. 2.2.2). | 5.100 | 5.950 | 6.300 | ||
Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación (art. 2.6). | 500 | 4 años | |||
PLAN EXTRAORDINARIO PARA LA CONVERSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL EN FIJO | |||||
Conversiones en indefinidos de contratos temporales, incluidos los contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, en todos los casos celebrados antes del 1 de julio de 2006, siempre que la conversión se realice antes del 1 de enero de 2007 (art. 3). | 800 | 3 años | |||
BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL | |||||
Personas con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del empleo (art. 2.2.4). | Varones menores de 45 años | Varones mayores de 45 años | Mujeres menores de 45 años | Mujeres menores de 45 años | Duración |
- En general | 3.500 | 4.100 | 4.100 | 4.700 | Toda la vigencia del contrato |
- En caso de discapacidad severa | 4.100 | 4.700 | 4.700 | 5.300 | Toda la vigencia del contrato |
Víctimas de violencia de género o doméstica (art. 2.4). | 600 | Toda la vigencia del contrato | |||
Personas en situación de exclusión social (art. 2.4). | 500 | Toda la vigencia del contrato | |||
BONIFICACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO | |||||
Contratos con carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en la empresa de 5 o más años (art. 4.1). | 50 por 100 de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad temporal, incrementándose anualmente un 10 por 100 hasta el 100 por 100 | Toda la vigencia del contrato | |||
Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad (art. 4.2). | 1.200 | 4 años | |||
BONIFICACIONES PARA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO | |||||
Contratos indefinidos o temporales (art. 2.3). | 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta | Toda la vigencia del contrato |
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.