Responsables del pago
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Responsables del pago
Responsables del pago
El art. 12 del RD 1415/2004, de 11 de junio, especifica quiénes son los
sujetos, personas físicas o jurídicas, obligados al pago y, por lo
tanto, responsables principales en relación con cada una de las deudas
de la Seguridad Social.
También lo son quienes resulten responsables solidarios, subsidiarios o
sucesores «mortis causa» de aquéllos, por concurrir hechos, omisiones,
negocios o actos jurídicos que determinen esas responsabilidades en
aplicación de cualquier norma legal que se refiera o no excluya
expresamente a las obligaciones de la Seguridad Social o de pactos o
convenios no contrarios a las leyes –estos conceptos se desarrollan en
los arts. 13 y ss. del RD 1415/2004 -.
El art. 12 del RD 1415/2004, de 11 de junio, especifica quiénes son los
sujetos, personas físicas o jurídicas, obligados al pago y, por lo
tanto, responsables principales en relación con cada una de las deudas
de la Seguridad Social.
También lo son quienes resulten responsables solidarios, subsidiarios o
sucesores «mortis causa» de aquéllos, por concurrir hechos, omisiones,
negocios o actos jurídicos que determinen esas responsabilidades en
aplicación de cualquier norma legal que se refiera o no excluya
expresamente a las obligaciones de la Seguridad Social o de pactos o
convenios no contrarios a las leyes –estos conceptos se desarrollan en
los arts. 13 y ss. del RD 1415/2004 -.
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