Órgano competente
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Órgano competente
Órgano competente
El órgano competente para reconocer el derecho es el INSS al que habrá
de remitirse el impreso oficial dispuesto para tramitar la solicitud de
la pensión. El abono será mensual con dos pagas extraordinarias.
El órgano competente para reconocer el derecho es el INSS al que habrá
de remitirse el impreso oficial dispuesto para tramitar la solicitud de
la pensión. El abono será mensual con dos pagas extraordinarias.
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