Desplazamientos
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Desplazamientos
Desplazamientos
El desplazamiento del trabajador es una variante de movilidad
geográfica, en virtud de la cual, el empresario puede ordenar a aquél
que preste sus servicios en población distinta a la de su residencia
habitual, de forma temporal por tiempo no superior a un año, por
razones derivadas de las necesidades de la empresa (económicas,
técnicas, organizativas o productivas). Frecuentemente los convenios
colectivos denominan estas situaciones como «destacamentos» o
«comisiones de servicio».
El desplazamiento se diferencia del traslado en su carácter
temporal. El que el cambio geográfico sea inferior o superior a doce
meses en un período de tres años marca la diferencia entre traslado y
desplazamiento. En el traslado, dicho cambio es definitivo o
previsiblemente definitivo o en todo caso superior a doce meses en un
período de tres años. En el desplazamiento, el cambio es temporal y no
puede sobrepasar los doce meses en un período de tres años.
El desplazamiento del trabajador es una variante de movilidad
geográfica, en virtud de la cual, el empresario puede ordenar a aquél
que preste sus servicios en población distinta a la de su residencia
habitual, de forma temporal por tiempo no superior a un año, por
razones derivadas de las necesidades de la empresa (económicas,
técnicas, organizativas o productivas). Frecuentemente los convenios
colectivos denominan estas situaciones como «destacamentos» o
«comisiones de servicio».
El desplazamiento se diferencia del traslado en su carácter
temporal. El que el cambio geográfico sea inferior o superior a doce
meses en un período de tres años marca la diferencia entre traslado y
desplazamiento. En el traslado, dicho cambio es definitivo o
previsiblemente definitivo o en todo caso superior a doce meses en un
período de tres años. En el desplazamiento, el cambio es temporal y no
puede sobrepasar los doce meses en un período de tres años.
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